FAQ’s PDA_gestión
IV. Sobre la Intensificación en Gestión y Divulgación
G1. “Para intensificación en gestión, ¿qué periodo se está utilizando para contabilizar la pertenencia a las comisiones?¿si se ha estado solo una parte del año/curso de referencia , se tiene en cuenta la parte proporcional?”
- RG1. Para la participación en comisiones se considera el año natural 2023. Se tiene en cuenta únicamente los meses en los que se ha participado.
G2. “Actividades de divulgación realizadas tampoco”
- RG2. Las actividades de divulgación certificadas por el servicio de cultura científica y por el Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo y Movilidad sí se han contabilizado aunque en el primer envío no se especificó en la casilla correspondiente.
G3. “No se me ha contabilizado participación en la comisión de la evaluación de la docencia de la UEx”
- RG3. El documento recibido de la UTEC referente a este apartado estaba incompleto. Se actualizará en cuando revisemos todo en los próximos días.
G4. “¿Sólo se van a tener en cuenta las supervisadas por la Oficina de Cultura Científica y el Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo y Movilidad? ¿No se van a tener en cuenta las actividades organizadas por centros diferentes a la Universidad de Extremadura?”
- RG4.Te remito a la pregunta P12.
G5. “Dejo de tener la descarga estatuaria en breve (supongo que el nuevo xxxx tomará posesión a lo largo de mayo), por lo que entiendo que cuando cese, la PDA se reajustará a la nueva situación que adquiera a partir de ese momento. Dado que coincidirá durante la organización del POD, entiendo que no deberé tener en cuenta la descarga por cargo, y tendré que considerar de forma completa las descargas de investigación (que ahora quedan limitadas a 2 créditos) y de gestión. Si esto es así, no sé si este cálculo lo hago yo directamente.”
- RG5. Precisamente por este motivo se hace el cálculo teórico. Se implementará automáticamente.
G6. “¿Se tiene en cuenta en la intensidad docente la participación como jurado y/o tutor del Club de Debate?¿Se tiene en cuenta en la intensidad docente la participación como corrector y/o vigilante en las pruebas de la EBAU?”
- RG6. Estas actividades no están contempladas en la PDA.
G7. “¿Se tendrá en cuenta en la intensidad docente la participación en la nueva Comisión de Convivencia (mediación) de la UEx?”
- RG7. Se tendrá en cuenta en años venideros.
G8. “Para los cargos de gestión no estatutarios NO dice el año en cuestión para calcular la reducción de créditos. Entiendo que debe ser el 2023, como en el resto de los apartados. En mi caso yo fui secretario hasta el 20 de noviembre del 2023 y no se me ha computado nada en ese apartado. Tiene que ser un error.”
- RG8. No es un error. Los cargos tienes las intensificaciones por su trabajo en el momento en el que se ejerce dicho cargo. Cuando ya no tienes cargo, no tienes esa intensificación en gestión.
G9. “Las comisiones de evaluación de la docencia de los departamentos ¿cuentan en el apartado “Comisiones de Evaluación de la Docencia”, en “Otras comisiones” o no se tienen en cuenta en el cómputo de la PDA?”
- RG9. Estas comisiones no están contempladas en la intensificación. Se consideran de actividades básicas en gestión.
G10. “Me gustaría saber porque que para la mayor parte de méritos/actividades se ha tenido en cuenta el curso 2022/2023 y sin embargo para la pertenencia a comisiones se evalúa solo el año 2023. En mi caso, he pertenecido a la Comision de auditorías internas, realizando una auditoria en el CU de Mérida durante los meses de octubre a diciembre de 2022 (es decir, el curso 2022/2023). Con el criterio que habéis puesto no se me contabilizaría dicha actividad. ¿Por qué se hace esta diferenciación con respecto al resto de méritos?”
- RG10. Todo lo que pueda cerrarse a 15 de diciembre del año natural, se contabilizará por año naturales (como es el caso de la participación en comisiones. La parte de docencia debe ser la del curso anterior ya que será el curso que se encuentre cerrado definitivamente a esa fecha. Se trata de cuestiones operativas y de recogida de datos, al igual que ya se hace en el autoinforme y en los sexenios de investigación y complementos de la Junta de Extremadura.
G11. “Si perteneces al comité organizador de una actividad de difusión como las Olimpiadas de Telecomunicaciones, ¿se considera una actividad IGD? Si eres representante en el claustro de la UEx, ¿se considera una actividad IGD?
- RG11. Te remito a la Normativa de PDA y a la respuesta a la pregunta G2.
G12. “Si eres representante en el claustro de la UEx, ¿se considera una actividad IGD?”
- RG12. No. Esta actividad se considera de actividades básicas de gestión. Está explicitado en el Anexo I de la Normativa de PDA que te animo a leer.
G13. “Si eres miembro de la junta directiva de un Instituto Universitario de Investigación, ¿se considera una actividad IGD?”
- RG13. No. Esta actividad se considera de actividades básicas de gestión.
G14. “En la normativa de las comisiones de calidad, en el artículo 9 se dice: El trabajo de los miembros del colectivo PDI de las comisiones de calidad de los títulos de la Universidad de Extremadura será valorado y reconocido. Mientras no esté negociado el Plan de Dedicación Académica (PDA), dicho reconocimiento se reflejará en el Plan de Organización Docente (POD) de cada profesor o profesora tal y como se señala a continuación: En el caso de las comisiones de calidad de los títulos de grado este reconocimiento será de 4 créditos para la persona coordinadora, 3 créditos para quien ejerza la secretaría y de 2 créditos para cada uno del resto de componentes de la comisión: Como ya tenemos PDA y en el anexo II de la normativa de la PDA tenemos: vi. Comisión calidad del Título* (grado (G), máster (M), programa de doctorado (D)), incluida la comisión académica): Máximo 1,5 CP (máximo 2 CP para el coordinador). Entiendo que ya no se reconocen 4 créditos en POD para el coordinador, sino que hay un descuento de 2 CP en la PDA del coordinador. ¿Es correcta la interpretación? “
- RG14. Efectivamente. Ya tenemos PDA por lo tanto se puntúa lo establecido en ella.